Comisión del Senado inicia proceso para ratificar a Julio Velarde como presidente del BCR: ¿Cuándo se elegirá a los directores restantes?
La Comisión de Procedimientos Especiales del Senado dio inicio al proceso de ratificación de Julio Velarde como presidente del directorio del Banco Central de Reserva (BCR) y programó, asimismo, la votación del informe técnico para ratificar o no al funcionario hacia el próximo miércoles 9 de setiembre. El grupo de trabajo, liderado por Hugo Ccahuana Aymachoque (Juntos por el Perú), definió el procedimiento en su primera sesión este miércoles 2 de setiembre y anunció, también, el proceso que seguirán para definir a tres integrantes del directorio de la entidad monetaria de aquí al mes de octubre. Tal como indica al reglamento del Senado, Velarde fue convocado a la primera sesión ordinaria de la comisión para brindar una breve exposición y, acto seguido, contestar las diversas dudas de los senadores presentes.
Como se recuerda, el Poder Ejecutivo ratificó a Velarde en la conducción del Banco Central por un período adicional de cinco años el último 21 de agosto, mediante la Resolución Suprema 258-2026-PCM publicada el diario El Peruano, conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Política del Perú. El informe técnico que deberá emitir la comisión, a más tardar, el 9 de setiembre próximo, recomendará si se sugiere o no ratificar a Julio Velarde en dicho cargo, en línea con lo establecido por el reglamento del Senado. Posteriormente, dicho informe “será considerado por la Junta de Portavoces en la agenda del Pleno del Senado para su inmediata deliberación y votación”.
La ratificación de Velarde al mando de la entidad monetaria requerirá de 31 votos en el Pleno. Cabe resaltar que los miembros de la Comisión de Procedimientos Especiales del Senado acordaron, por unanimidad (11 votos a favor), sesionar los jueves a las 5:00 p.m. El grupo de trabajo también decidió, por unanimidad, realizar la convocatoria al proceso de elección de tres integrantes del directorio del BCR; en línea con lo que señala elreglamento del Senado, que define que la comisión tiene “como atribución el desarrollo e instrucción, antes de ser visto por el Pleno del Senado, del procedimiento de elección, designación o ratificación de los altos funcionarios del Estado que establece la Constitución Política del Perú”.
El reglamento establece, en ese sentido, que la elección de los tres directores del BCR que debe elegir el Senado debe efectuarse dentro de los 60 primeros días de la primera legislatura ordinaria del inicio del período parlamentario, con lo cual el tiempo ya empezó a correr. De acuerdo a un comunicado del Congreso, la comisión deberá verificar que los candidatos no incurran en los impedimentos de idoneidad previstos en la normativa, entre ellos, contar con condena por delito doloso, estar inhabilitados para ejercer función pública o figurar en registros de sanciones o deudas, conforme a la normativa vigente. Asimismo, se definieron las siguientes etapas del proceso: