Gobierno emite decreto de urgencia ante peligro inminente por fenómeno de 'El Niño': estas son las disposiciones
politica

Gobierno emite decreto de urgencia ante peligro inminente por fenómeno de 'El Niño': estas son las disposiciones

El Gobierno de Keiko Fujimori oficializó este martes el Decreto de Urgencia Nº 008-2026 con el fin de ejecutar intervenciones inmediatas ante el peligro inminente por precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño.Esta norma legal señala que se busca mitigar los daños que podrían causar las lluvias extremas en la infraestructura pública y la actividad agrícola mediante la asignación de recursos financieros extraordinarios a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para labores de limpieza y protección en las zonas más vulnerables del país. La emisión de este decreto se fundamenta en los recientes reportes del Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN), los cuales advierten que el calentamiento del mar persistirá al menos hasta abril de 2027.Según los informes técnicos, la costa norte y central del Perú enfrentarán un escenario de lluvias superiores a lo normal, lo que pone en riesgo la seguridad alimentaria y la estabilidad económica debido a la posible destrucción de sistemas de riego, carreteras y centros de salud.El decreto señala que, ante esta situación, las entidades competentes determinaron que no se trata de una necesidad ordinaria, sino de una contingencia imprevisible que requiere celeridad en la respuesta estatal.

Estas son las medidas dispuestas en el decreto de urgencia: Intervención en 70 puntos críticos de ríos y quebradasComo medida principal, el Gobierno ha autorizado a la ANA a intervenir de manera inmediata en setenta puntos identificados como de alta vulnerabilidad en diversos cauces de ríos y quebradas.Para estas labores, que incluyen la limpieza, descolmatación y la formación de bordos de protección, se ha destinado un presupuesto de 129 millones 400 mil soles.El área de acción comprende distritos declarados en estado de emergencia en los departamentos de Áncash, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, donde se utilizará maquinaria adquirida previamente para reducir el riesgo de inundaciones.Instalación de barreras dinámicas en zonas vulnerables de LimaOtra de las disposiciones es la instalación de barreras dinámicas en quebradas críticas de las provincias de Lima y Huarochirí, áreas recurrentemente afectadas por movimientos en masa y huaicos.

Para este objetivo específico, el Ejecutivo transfirió 50 millones 59 mil 56 soles adicionales, permitiendo la contratación de bienes y servicios especializados para estas defensas.Estas infraestructuras están diseñadas para detener detritos y rocas durante las crecidas de los ríos, brindando una capa adicional de protección a las poblaciones asentadas en las zonas bajas de las quebradas.Flexibilidad presupuestaria para proteger infraestructura públicaEl decreto no solo asigna fondos a la ANA, sino que también otorga facultades especiales a otras entidades del Gobierno Nacional y a los gobiernos regionales para que puedan reorganizar sus propios presupuestos durante el año 2026.De acuerdo al decreto, esta flexibilidad permite que las instituciones utilicen sus recursos ordinarios para financiar gastos urgentes que resguarden puentes, colegios y otras obras públicas frente a la amenaza de las lluvias, garantizando que sus operaciones esenciales no se detengan.

La norma exonera a estas autoridades de ciertas limitaciones administrativas habituales para facilitar una ejecución rápida del gasto en el marco de la emergencia, suspendiendo artículos de la Ley de Presupuesto 2026 y del Decreto Legislativo 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto.También se exceptúan restricciones de los decretos de urgencia 001-2026 y 005-2026, permitiendo reasignar fondos para proteger infraestructura y asegurar servicios críticos sin las demoras burocráticas ordinarias.Control y monitoreo de las acciones ejecutadasFinalmente, el dispositivo legal establece mecanismos de transparencia y rendición de cuentas para asegurar que los recursos se utilicen exclusivamente en la prevención de desastres.

El titular de la ANA tiene la obligación de publicar informes trimestrales y un reporte final que incluya la ubicación exacta, mediante coordenadas geográficas, de cada intervención realizada.Asimismo, todas las entidades que reciban financiamiento bajo este marco deberán informar mensualmente a la Comisión Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño sobre el avance físico y financiero de sus obras.

← Volver a noticias