Poder Judicial declara "inejecutable" fallo del Tribunal Constitucional que anuló la prisión preventiva de Vladimir Cerrón
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Poder Judicial declara "inejecutable" fallo del Tribunal Constitucional que anuló la prisión preventiva de Vladimir Cerrón

El Poder Judicial determinó que es “inejecutable” la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló el mandato de prisión preventiva por 24 meses que se le impuso al líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, como parte de la investigación preparatoria que afronta por el presunto financiamiento ilegal de las campañas electorales de su partido político entre los años 2008 y 2021.El juez Leodan Cristobal Ayala consideró que a la fecha “subsisten” o “existen” dos resoluciones judiciales “vigentes” que sustentan la prisión preventiva y las requisitorias policiales giradas contra Cerrón Rojas, “lo que hace evidente que la sentencia del máximo intérprete de nuestra Carta Magna sea materialmente inejecutable en sus propios términos”.Mediante una resolución emitida el último 24 de julio, a la que tuvo acceso RPP, el magistrado informó que se trata una resolución que emitió el 4 de diciembre del 2025 que declaró infundada una solicitud de variación del mandato de prisión preventiva impuesta a Vladimir cerrón y la resolución emitida por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional el 7 de enero del 2026, que confirma la decisión que emitió su despacho respecto a dicho investigado en este proceso penal.El juez Leodan Cristóbal Ayala remarca que, si bien estas decisiones judiciales fueron aludidas en el voto que emitió la magistrada del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, en cambio en la sentencia emitida por dicha institución no ha sido materia de pronunciamiento, omisión que impide la ejecución material de lo decidido por el máximo intérprete de nuestra Carta Magna sobre este caso.Pide pronunciamiento del TCAnte ello, el magistrado dispuso elevar en consulta al Tribunal Constitucional a fin de que aclare si los efectos que anulan la sentencia emitida por dicha institución alcanzan “por conexión” a estas dos últimas resoluciones judiciales vigentes que a la fecha sustentan la prisión preventiva contra Vladimir Cerrón y una vez reingresada la sentencia aclaratoria “procédase sin más trámite” a la ejecución de lo ordenado por la justicia constitucional.“Corresponde elevar en consulta -a fin de que se aclare- si los efectos nulificantes de la Sentencia N° 166/2026 alcanza por “conexión” a la Resolución N° 6 del 4 de diciembre de 2025 expedida por este Juzgado Nacional y la Resolución N° 4 del 7 de enero de 2026 emitida por la Tercera Sala Penal de Apelaciones, toda vez que dichas resoluciones -al estar vigentes- impiden la ejecución de lo decidido en el mandato constitucional más aún si, las últimas resoluciones son decisiones judiciales con autoridad de cosa juzgada, respecto a las cuales este Juzgado Nacional se encuentra limitado a dejar sin efecto, por mandato del numeral 2 del artículo 139 de la Constitución y el artículo 4 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial”, precisa el magistrado en su resolución.Vladimir Cerrón permanece en calidad de “no habido” desde el 6 de octubre del 2023 a raíz de la condena de tres años y seis meses de prisión que se dictó en su contra por el caso Aeródromo Wanka, fallo que fue revocado el pasado 26 de marzo por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que lo absolvió en este proceso penal.

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